El Derecho Colaborativo Humaniza la Justicia


Durante la presentación de una acción formativa sobre Derecho Colaborativo organizada por la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi, en el Colegio de Abogados de Bizkaia, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia Juan Luís Ibarra Robles, entre otros aspectos dijo: “si el derecho colaborativo no existiera, habría que inventarlo”, cómo qué, “ya en África existe desde tiempo ancestral una forma de impartir justicia más cercana”. Ello me llevó a recordar que en el País Dogon, en la falla de Bandiágara, todavía existe la Toguna o Casa de la Palabra, dónde se resuelven los conflictos de la aldea con las personas en conflicto presentes.
La Justicia es una idea noble, un ideal, es un sistema civilizado para resolver conflictos humanos. Pero, si actualmente le ponemos alguna característica relevante es por ser procedimiento, plazos y bastante deshumanizada por cuanto se desentiende de las personas. Las qué tienen alguna desavenencia y recurren al Sistema Judicial, se encuentran en una maraña de estados, procedimientos, recursos y un lenguaje y unos escritos que no entienden. En consecuencia, se encuentran en manos de los y las profesionales del derecho que seguro realizarán el mejor de los trabajos en pro de sus defensas, aunque en la mayoría de los casos no entiendan nada ni, muchas de las veces, entiendan el resultado de tan arduas gestiones para la defensa de sus intereses. Ello, para el caso de haber sido satisfechos, en el supuesto de no haberlo sido, dudo mucho entiendan absolutamente nada por mucho esfuerzo que haga en explicarlo la abogada o el abogado ejercitante.
“En España gusta más demandar que negociar”, somos más dados a la confrontación que al pacto?
Creo qué no, solamente se trataría de conocer y tener acceso a las diferentes vías de resolución de conflictos existentes. Y, para ello, sí es importante la actitud del conjunto de intervinientes procesales.
Es importante un cambio cultural, salir de una zona de confort en la que mucha veces tenemos insatisfacción, para pasar de ser actores a ser acompañantes, a facilitar a las personas en conflicto a encontrar el acuerdo entre ellas mediante la negociación por intereses, de ayudar a encauzar sus
desavenencias mediante el derecho dispositivo, de ésto se encarga el Derecho Colaborativo.
Es uno de los métodos alternativos de resolución de conflictos (MARC o ADR’s, por su acrónimo en inglés), cómo viene enunciado en el apartado I del Preámbulo de la Ley Valenciana de Medición, Ley 24/2018, de 5 de diciembre. Estos métodos contribuyen al fomento de la cultura de la paz, del diálogo, de la participación, de la convivencia, de la justicia reparadora, de la escucha y del reconocimiento del otro, así como la regeneración de los lazos sociales.
Para ello, la Asociación de Derecho Colaborativo Valenciana está trabajando, para difundir y facilitar que los profesionales del derecho y otras disciplinas puedan adquirir las competencias que les ayuden a tratar la resolución de conflictos de manera más humana, más cercana a los intereses de las personas.

Francesc Gil i Carrascosa
Secretari de l’Assocació de Dret Col·laboratiu Valenciana

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