El Derecho colaborativo, o más bién la práctica colaborativa es un método alternativo de resolución de conflictos. 

Basado en la Utilización de las técnicas de negociación de la Escuela de Harvard, son las propias partes las que crean su mejor solución,  acompañadas por los profesionales del Derecho y aquellos otros profesionales que sea necesario que intervengan para encontar la mejor solución.

Es un método que se basa entre otras en las siguientes notas que marca la IACP (International Academy of Collaborative Practice)

  1. La Buena Fe, es el principo que rige y en el que basa todo el proceso.
  2. La Confidencialidad, el proceso es alternativo a litigio pora ello existe el compromiso de compartir para llegar a la mejor solución posible. 
  3. La Participación activa de los clientes, son ellos los que con la identificación de metas compartidas e intereses individuales van elaborando poco a poco los diferentes acuerdos que darán origen a la mejor solución posible para todos.
  4. El Acuerdo de incorporar expertos adicionales al proceso: trabajo con otros profesionales más allá de los abogados (multidisciplinar). Estos profesionales (terceros neutrales) solamente darán su opinión profesional respecto a una situación, sin decantarse por una u otra posición ni ofrecer soluciones. Ayudarán a que las partes comprendan mejor dónde se hallan.
  5. Imposibilidad de participar en litigio posterior: Puesto que todo el proceso se basa principalmente en la Buena fe y Confidencialidad, consecuencia de ello es que el abogado que interviene representado a su cliente no pude después defenderlo en ese caso concreto ante un tribunal.